¿QUE ES UNA FIRMA PERSONAL? ¿Y COMO SE REGISTRA?

En esta entrada explicaremos ¿Que es una firma personal?, ¿Cuáles son sus requisitos?, así como un paso a paso,  para registrar una firma personal, de acuerdo a la norma vigente venezolana.

¿QUE ES UNA FIRMA PERSONAL?

 Una firma personal es un documento donde te declaras comerciante ante el registrador mercantil y eso te da derecho a usar un nombre comercial y a asumir las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad mercantil, con las limitaciones que tu eres el/la único/a socio/a, te da derecho a utilizar facturación con todas las de la ley.

Fuente: yahoo.es

Normas que aplican: (CÓDIGO DE COMERCIO 1950)

Artículo 2; Para la tramitación de todos los actos o negocios jurídicos que se realizan ante los registros principales, mercantiles, públicos y notarías, toda persona interesada, sea presentante u otorgante, salvo las excepciones previstas en la presente Resolución, deberá presentar como requisitos obligatorios los siguientes documentos:

1) Documento de identificación vigente.

2) Documento redactado y visado por abogado o abogada, o sentencia definitivamente firme, o cualquier otro acto emanado de autoridad competente.

3) Tributos nacionales, estadales y/o municipales, según sea el caso.

Artículo 24. —Para la tramitación de constitución de firmas personales, además de los requisitos obligatorios deberá presentar los siguientes requisitos:

1) Reserva del nombre. Para ello se deberá realizar previamente la búsqueda de la denominación, en cuyo trámite se consignará:

- Cédula de identidad legible y vigente.

- Denominación Mercantil a solicitar.

2) Copia de la cédula de identidad y Registro de Información Fiscal (RIF) del comerciante. Si es extranjero copia del Pasaporte con la respectiva Visa TR-N (transeúnte de negocios), TR-I (transeúnte inversionista), TR-E (transeúnte empresario).

Para aquellas personas interesadas en registrar una firma personal, he aquí los requisitos que deben presentar ante un registro mercantil para poder hacer efectivo el trámite. Probablemente puedan existir variaciones en cuanto a la cantidad y tipo de documentos a consignar dependiendo de la jurisdicción o zona de Venezuela, por ello, instamos a consultar antes en el registro mercantil cercano a su domicilio

Pasó a paso:

I.- REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE UNA FIRMA PERSONAL

– Solicitud de la “búsqueda de nombre” (art.26 y 28 del código de comercio).

– Pago de “reserva del nombre”, este pago se expresa en U.T. El solicitante debe consultar la cantidad de U.T. en la oficina del R.M.

– Documento constitutivo visado por el abogado, (art.19 ordinal 8 del código de comercio).

– Fotocopia de la cedula de identidad y R.I.F personal.

– Estampillas.

– Soporte del capital, si es en efectivo “referencias bancarias y sus últimos movimientos. “Si es en bienes “presentar la(s) factura(a) original(es)”.

– Planilla de liquidación de tributos bolívar (lo entregan en el registro cuando se consignan los documentos).

Registro_Mercantil.jpg

II.- PASOS PARA SOLICITAR LA FIRMA PERSONAL

1.- Solicitar la búsqueda del nombre o denominación social de la firma.

Esto se realiza mediante un formato que es entregado en el registro mercantil. Este debe ser llenado con letra clara y de imprenta, los resultados son informados en los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que se introdujo la petición (podrían ser 3 días hábiles o más, dependerá de la temporalidad). Luego se debe obtener la planilla para constituir la FIRMA PERSONAL y depositar en la cuenta bancaria señalada por el registro de comercio.

2.- Reserva de nombre o denominación social

Si el nombre o denominación social solicitado está libre, hay que pagar el monto correspondiente por concepto de derechos de reserva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se dio la respuesta positiva, de no hacerse esto, el nombre o denominación quedará automáticamente disponible para otro usuario(a).

3.- Sello de “Visto Bueno”

Dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre, debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la firma personal para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el nombre o denominación social se encuentre bien escrito es decir, que se corresponda exactamente con la denominación reservada.

4.- Compra de planillas

Por lo general se adquieren en la taquilla de timbres fiscales de la oficina del registro mercantil, se pueden obtener toda la cantidad de planillas de liquidación como documentos que se deseen inscribir.

5.- Cálculo del precio a pagar por la inscripción

Al presentarse en la taquilla de cálculo -con su documento y la planilla de liquidación-, el funcionario del Registro calculará las cantidades que se deben pagar por conceptos de estampillas o timbres fiscales y aranceles.

6.- Elaboración de planilla de derechos del fisco

En la misma taquilla, un funcionario rellenará la planilla conforme a lo calculado de acuerdo a la Ley de Timbre Fiscal y posteriormente (cuando la tenga lista) será llamado para entregársela.

7.- Pago de los derechos correspondientes al fisco

Se paga la cantidad expresada en la planilla, por medio de un depósito a nombre del ente contralor correspondiente.

8.- Otorgamiento o firma del documento

Se establecerá una fecha específico para acudir al Registro Mercantil. Esto es para el otorgamiento y presentación del recibo de pago al funcionario de la sala de otorgamientos, por alguna razón, este funcionario anota las horas de llegada. Los funcionarios de ese Departamento ubicarán el documento y verificarán nuevamente si existe en el sistema alguna prohibición legal para la firma.

9.- Revisión final y firma del Registrador

Los abogados del Departamento de Otorgamiento revisarán el documento para constatar el cumplimiento de todos los extremos legales –entre otras cosas- sellos, notas de certificación, entre otros. Con esto, introducirán los datos relativos al acto en el sistema informático. Posteriormente, el documento original, las copias certificadas solicitadas por el usuario y las destinadas a los Libros de Protocolo y Registro Principal, que luego pasarán al Despacho del Registrador(a), quien firmará cada uno de ellos, por orden de llegada.

10.- Entrega del documento otorgado

Una vez firmado por el Registrador(a), los funcionarios de la entrada de la sala de otorgamiento le llamarán para entregarle su copia certificada u original según sea el caso.

saren.jpg

MODELO DE FIRMA PERSONAL:

modelo-de-firma-personal1

 

REFERENCIAS

Código de Comercio Gaceta El Congreso de la República de Venezuela N° 475 Extraordinaria del 21 de diciembre de 1955  

http://www.pac.com.ve/contenido/banca-y-finanzas/firma-personal-requisitos-/11141/78

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Edgar Varela

Abogado | Consultor | Blogger | Principal CEO y fundador del Portal Jurídico Aquí Se Habla Derecho® Apasionado del Derecho y las redes sociales. Servicios | Asesoría | Asistencia Jurídica ⚖📧 contacto@aquisehabladerecho.com abogadovarela@outlook.com

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  1. mirtha perez dice:

    me encanta este tipo de apoyo.

      1. yerky dice:

        tengo una gran duda quiero registrar una empresa que debo hacer primero el registro de mi empre o la firma personal necesito orientación o hay que realizar las dos cosas

  2. Daviana dice:

    Excelente, muchas gracias por toda la información, muy bien explicada

  3. excelente explicacion abogado me interesa este tema y mucho la verdad.

  4. arbeliz dice:

    la firma personal debe tener su rif aparte del único accionista de la misma?

  5. nellys dice:

    gracias por la informacion

  6. Brenda dice:

    Que buena información.. Dios te bendiga..

  7. fue muy interesante este promedio de información

  8. patricia hernandez dice:

    excelente, muchas gracias estoy iniciando mi tramite de firma personal, quiero saber si puedo solicitar punto de venta en un banco,con este tipo de documento.

    1. Hola Patricia ¡Gracias por comentar! Efectivamente lo puedes hacer.

  9. patricia hernandez dice:

    excelente bloc, estoy tramitando una firma personal quiero saber si puedo solicitar punto de venta en banco

    1. Hola Patricia ¡Gracias por leernos! Efectivamente con una firma personal puedes solicitar un punto de venta en cualquier institución financiera. Saludos

  10. Alexis Vergara dice:

    BUENAS TARDES DOCTOR, SALUDOS, UNA PREGUNTA, POR QUÉ SI EN APARIENCIA LA ÚNICA DIFERENCIA ENTRE UNA FIRMA PERSONAL Y UNA COMPAÑÍA ES LA CANTIDAD DE SOCIOS, POR QUÉ ENTONCES SAREN IMPUSO TANTAS RESTRICCIONES A LAS FIRMAS… SI SE SUPONE QUE ES UNA EMPRESA COMO CUALQUIER OTRA… GRACIAS

  11. YENNIFER dice:

    Buen dia, quisiera saber cuales son los requisitos para cambiar un registro con firma unipersonal a CA?

  12. Nancy Gutiérrez dice:

    Abogado Edgar Valera.
    Muy buena explicación
    Gracias por tu buen articulo..

  13. carmen velasquez dice:

    muchas gracias excelente

    1. Hola Carmen ¡Que bueno que te sirvió! Saludos

  14. alejandra dice:

    Buenas tardes, en donde y como es que se hace la publicación de nueva firma personal, porque en el registro me dijeron que cuando tramite todo debo hacer la publicacion, si me pudieran ayudar se lo agradezco.

  15. LORALYS dice:

    Hola, puedo colocar solo las iniciales del nombre y apellido y abreviación por ejemplo Aud-cont. (auditoria y contabilidad? al supuesto nombre de la firma personal?. gracias anticipadas.

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