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REQUISITOS PARA LA CEDULACIÓN DE EXTRANJEROS EN EL ECUADOR – Aquí Se Habla Derecho

En esta entrada esta especialmente dirigida a los extranjeros que se encuentran en la República del Ecuador.

CÉDULA EXTRANJEROS

TARIFAS:   

Primera Vez:                       $ 5,00      (Dolares Estadounidenses)
Costo por renovación:      $ 15,00   (Dolares Estadounidenses)

CEDULACIÓN A EXTRANJEROS POR PRIMERA VEZ

  • Comprobante de pago correspondiente a la tarifa vigente.
  • Original del certificado de registro y empadronamiento de extranjeros inmigrantes de primera vez vigente, expedida por la Dirección General de Extranjería, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
  • Original del pasaporte vigente.
  • Original de la Visa vigente.

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CEDULACIÓN A EXTRANJEROS POR RENOVACIÓN

  • Comprobante de pago correspondiente a la tarifa vigente.
  • Original del certificado de registro y empadronamiento de extranjero inmigrantes, expedida por la Dirección General de Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
  • Original del pasaporte vigente.
  • Original de la visa vigente.

REQUISITOS PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS

INSTRUCCIÓN EDUCATIVA

  • Original del documento que acredite el nivel de instrucción (básico, bachillerato o superior registrado en el SENESCYT). De no presentar un documento que acredite el nivel de educación se verificará que el usuario sepa leer y escribir para registrar la instrucción como “Inicial”, caso contrario se ingresará como nivel de instrucción “Ninguna”.

Nota aclaratoria: En caso de estudios en el exterior se presentará el original o copia debidamente legalizada o apostillada y traducido.

PROFESIÓN / OCUPACIÓN

  • La profesión se actualizará en función del título registrado en la entidad competente (SENESCYT). (No se requiere presentación física del título)
  • La ocupación corresponde a la manifestación verbal del usuario, siempre y cuando conste habilitado en el sistema de captura biométrica.

Nota aclaratoria: En caso de que el título se encuentre registrado en la entidad competente en otro idioma se requerirá la presentación del título debidamente apostillado o legalizado y traducido legalmente de ser necesario.

La Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, no es la entidad que certifica ocupaciones y profesiones, estos datos son referenciales para la identidad de las personas.

DOMICILIO

  • Se registrará la manifestación verbal del usuario.

DISCAPACIDAD

  • Se realizará la consulta de datos en línea del Ministerio de Salud Pública o se receptará el certificado emitido por la autoridad competente.

ATENCIÓN: A partir de febrero de 2016 las consultas, comentarios, quejas y/o sugerencias se canalizan a través de nuestra pestaña de Contacto. Si desea una atención personalizada agradecemos dirigir su texto a servicios@registrocivil.gob.ec

REFERENCIAS:

https://www.registrocivil.gob.ec/cedulacion/

 

Por Edgar Varela

Abogado consultor y blogger. CEO de Aquí Se Habla Derecho® y Varela Legal Services. Para asesoría y asistencia legal, escribe a: contacto@aquisehabladerecho.com varelalawyer@gmail.com o al WhatsApp: +5930992725147