A partir del 20 de agosto de 2019, el Gobierno le concederá la nacionalidad colombiana a los hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia, que se encuentren en riesgo de apatridia es decir “porque no tienen la nacionalidad colombiana, ni la venezolana y aunque las leyes de Venezuela dicen que tienen derecho a esa nacionalidad, en la práctica no pueden obtenerla”.
¿Por qué los niños y niñas nacidos en Colombia, hijos de padres venezolanos, podrían ser apátridas?
Porque no cumplen con los requisitos para ser colombianos y tampoco pueden ser registrados como venezolanos, aunque las leyes de Venezuela dicen que tienen derecho a esa nacionalidad.
¿En qué consiste la medida anunciada por el Gobierno colombiano?
Es una medida temporal consiste en dar la nacionalidad colombiana a los niños y niñas, hijos de padres y madres venezolanos, nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015.
¿Quiénes se pueden beneficiar de esta medida?
Los niños y niñas, nacidos en Colombia, a partir del 19 de agosto de 2015 y que sean hijos de padres venezolanos.
¿Qué requisitos para que un niño nacido en Colombia de padres venezolanos pueda obtener la nacionalidad?
· Haber nacido en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015.
- Que el padre y la madre del niño sean venezolanos.
¿Cómo se hace el trámite?
Deben acudir a una Registraduría o Notaría del territorio colombiano si el niño no tiene registro civil de nacimiento y cumple con los requisitos anteriores.
Si no tienen registro civil (Debe acercarse a la Registraduría)
Si el niño nacido en Colombia no tiene registro civil de nacimiento, los padres deberán acercarse a cualquier sede de la Registraduría o Notaría del país. Esta medida también aplica para padre o madre soltera, que deberá demostrar que es venezolano.
Para realizar el registro los padres deberán presentar el Certificado de Nacido Vivo de la República de Colombia (documento que se le entrega a la hora del nacimiento) de sus hijos y tendrán que identificarse como venezolanos con uno de los siguientes documentos: cédula de extranjería vigente, PEP vigente, pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela vigente o vencido y cédula de identidad expedida por la República Bolivariana de Venezuela vigente o vencida.
Si ya tiene registro civil (No debe acercarse a la Registraduría)
Si el niño nacido en Colombia ya tiene registro civil de nacimiento, los padres no tendrán que realizar ningún trámite. La Registraduría Nacional del Estado Civil se encargará internamente de incluir la nota “Válido para demostrar nacionalidad” en el Registro Civil de Nacimiento sin que se requiera solicitud del ciudadano.
Referencia:
-ASISTENCIA AL TALLER PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL ABUSO Y LA EXPLOTACIÓN CON ÉNFASIS EN LAS RUTAS DE LOS MIGRANTES, ORGANIZADO A TRAVÉS DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE U.N.IC.E.F Y ALDEAS INFANTILES S.O.S, CARACAS 13 DE AGOSTO DE 2019.
-Fuente: www.migracioncolombia..gov.co/primerolaniñez
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Abogado especialista Derecho Civil – Familia.
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