Autorización Notarial de salida del país de menores de edad en Ecuador

Autorización Notarial de salida del país de menores de edad en Ecuador

¿Qué es una autorización de salida del país?

Es un documento público otorgado ante el notario, mismo que debe ser tramitado por los padres, o quien ejerce a su vez la patria potestad del menor, en el cual se autoriza la salida de un menor de edad del Ecuador hacia el exterior por un tiempo determinado, en una fecha específica, hacia un lugar específico y en compañía de solo uno de sus padres o en compañía de familiares que no son sus padres.

¿En qué casos se requiere una autorización de salida del país para un menor de edad?

Si el menor de edad viaja solo o con un tercero.

Si el menor de edad viaja con uno de sus padres o representantes legales, pero el otro no viaja con él.

¿Quién puede otorgar la autorización de salida del país?

Los padres o representantes legales del menor de edad.

¿Dónde se puede obtener la autorización de salida del país?

Ante un notario de su preferencia.

¿Qué requisitos se necesitan para obtener la autorización de salida del país?

Copias de cédulas y certificados de votación (últimas elecciones y legibles) de los padres del menor.

Copia de cédula y certificado de votación (últimas elecciones y legible) de la persona con la que viajará el menor.

Copia de cédula, pasaporte y visa del menor de edad.

Partida íntegra de nacimiento del menor de edad.

Datos: fecha exacta de ida y retorno del viaje el menor, nombre de la aerolínea en la que viajará, dirección donde se hospedarán en el exterior, motivo del viaje. (opcionalmente presentar boletos).

En caso que una de las personas que intervenga comparezca con un poder especial o general; según sea el caso éste, debe estar vigente a la fecha.

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Pasos a seguir:

1. Acudir a una notaría de su elección.

2. Presentar los requisitos mencionados anteriormente.

3. Llenar el formulario de solicitud de autorización de salida del país.

4. Cancelar la tasa notarial (30-40 USD aproximadamente).

5. Firmar la autorización ante el notario.

6. Retirar la autorización de salida del país una vez que esté lista.

Consideraciones:

Si el menor de edad viajará solo o con un tercero, se requiere la autorización de ambos padres o representantes legales.

En caso de que uno de los padres o representantes legales no pueda comparecer ante el notario del Ecuador, se puede autorizar a otra persona para que realice el trámite en su nombre, mediante la presentación de un poder especial notarizado.

Si el menor de edad es extranjero residente en Ecuador, se requiere presentar, además de los requisitos mencionados anteriormente, la cédula de identidad del extranjer original y vigente.

Si necesitas asesoría personalizada, puedes contactar directamente  al correo electrónico: varelalawyer@gmail.com o al Whatsapp: 0992725147.

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Edgar Varela

Abogado | Consultor | Blogger | Principal CEO y fundador del Portal Jurídico Aquí Se Habla Derecho® Apasionado del Derecho y las redes sociales. Servicios | Asesoría | Asistencia Jurídica ⚖📧 contacto@aquisehabladerecho.com abogadovarela@outlook.com

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